Información COMUDE
Consejo Municipal de Desarrollo -COMUDE-
Con base en artículo No. 12 de la Ley de los Consejos de Desarrollo Urbano Rural: Se establece el ente coordinador de participación a nivel municipal, el cual estará integrado por el Alcalde Municipal, quien ejercerá la coordinación; los Síndicos y Concejales designados por la Corporación Municipal; seleccionados por sus respectivos coordinadores; representantes de las entidades públicas con presencia en el municipio; y representantes de entidades civiles locales.
2025